25 oct 2011

El índice de participación en las elecciones a alcalde pedáneo celebradas ha sido del 39,76 %

Los ciudadanos donde había más de un candidato ejercieron su derecho al voto de las 10.00 a las 20.00 horas

Las elecciones a alcalde/sa pedáneo/a en las pedanías de Molina de Segura tuvieron lugar el domingo 23 de octubre, desde las 10.00 a las 20.00 horas, en las cuatro de las 8 circunscripciones que contaban con más de un candidato. Se trata de El Llano de Molina, La Ribera de Molina, El Romeral/La Hornera y Los Valientes. En el caso de las circunscripciones Campotéjar Baja/Campotéjar Alta, El Rellano/La Hurona, La Albarda/Comala/La Espada/El Fenazar y La Torrealta, donde sólo se ha presentado un candidato o no se ha presentado ninguno, no se han celebrado elecciones, y es el Alcalde quien nombrará como Alcalde Pedáneo o Alcaldesa Pedánea al único candidato o candidata, o a quien él considere más oportuno, si no ha habido candidatos. El índice de participación ha sido del 43'59 % (en las elecciones celebradas en 2007 el índice fue del 50'87 %).

El resultado de las elecciones ha sido el siguiente:

CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL // VOTOS (resaltado el ganador)
  • LA RIBERA DE MOLINA: VALENTÍN GIL GIL (314)
  • LA RIBERA DE MOLINA: JOSÉ OLIVA GARCÍA (178)
En La Ribera de Molina el nuevo pedáneo, Valentín Gil Gil, ha obtenido 314 votos mientras que el otro candidato y alcalde pedáneo durante los últimos dieciséis años, José Oliva García, ha conseguido el respaldo de 178 vecinos. El censo de electores ascendía a 1.270 de los que votaron 505, lo que se traduce en un 39,76 por ciento de participación.
 
A las elecciones podían concurrir todos los vecinos y vecinas inscritos en el censo electoral de la circunscripción que estuvieran avalados con un número de firmas igual o superior al 5% de la totalidad del censo electoral de la circunscripción correspondiente. La campaña electoral tuvo una duración de cinco días: comenzó a las 00.00 horas del pasado lunes 17 de octubre y finalizó a las 24.00 horas del viernes 21 de octubre.
La ley de las entidades locales atribuye al Alcalde la competencia del nombramiento de alcaldes pedáneos, pero también permite que éste pueda, tomando en consideración la petición de las asociaciones de vecinos y en aras de fomentar la participación en la vida local, acordar que la designación de estos alcaldes pedáneos se realice mediante elección por los propios vecinos del municipio. Ya en 2007, se celebraron elecciones para designar a los entonces trece alcaldes/as pedáneos/as del municipio (actualmente se han establecido 8 circunscripciones, donde se agrupan todas las pedanías).

Fuente: murcia.com
La Verdad - Radio Compañia

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